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Escaño:
Distrito Representativo 29
Ver municipios
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Período(s) en el cargo:
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Fecha de nacimiento*:
16/02/1971
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Último Grado académico*:
Juris Doctor
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Estudios*:
Derecho
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Institución educativa*:
Pontificia Universidad Católica de Ponce
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Profesión u ocupación*:
Abogado
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Trabajos en sector privado*:
Abogado (20009-2012)
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Historial político*:
Ninguno
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Trabajos en sector público*:
Director legal de COSSEC (2007-2009), asistente especial del director ejecutivo de la Autoridad de Edificios Públicos (2001-2002), director ejecutivo de la Comisión de Banca, Seguros y Asuntos Financieros de la Cámara de Representantes (2001) y asesor legal de la Oficina de Permisos Urbanísticos en el municipio de Carolina (2000)
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Opositores*:
Información no disponible
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Considera ir a reelección*:
El legislador falleció en noviembre de 2015. Para esa fecha, aún no había decidido si iría a la reelección.
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Gustos y pasatiempos*:
Correr, practicar el ciclismo, nadar, ir al gimnasio y al cine y, leer.
Tres proyectos de ley que declaró como parte de su gestión:
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Proyecto de ley 1*:
Proyecto de la Cámara 915
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Descripción del proyecto*:
Para enmendar el artículo 16, de la ley 124-1993, según enmendada, conocida como "Programa de subsidio para vivienda de interés social", a los fines de establecer nuevos parámetros de su funcionamiento y dispones que la aportación subsidiada será de un tres por ciento del precio de venta o el valor tasado, lo que sea menor, y que el valor justo de la propiedad no excederá los $200 mil
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Estado del proyecto*:
Firmado por el gobernador
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Proyecto de ley 2*:
Proyecto de la Cámara 2110
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Descripción del proyecto*:
Para crear el programa del alquiler a la compra, apoyando y promoviendo la superación, adscrito al Departamento de la Vivienda, establecer sus reglas básicas de operación, requisitor y financiamiento; y para otros fines.
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Estado del proyecto*:
Aprobado por el cuarpo
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Proyecto de ley 3*:
Proyecto de la Cámara 1472
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Descripción del proyecto*:
Para añadir un nuevo inciso (24) y reenumerar el actual inciso (24) y los subsiguientes incisos del artículo 2; enmendar los apartados (D) y (E) del inciso 2 en el artículo 13; enmendar el inciso (B) del artículo 19 y añadir un nuevo inciso (4) al artículo 22 de la ley 5 del 30 de diciembre de 1986, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Administración para el sustento de menores (ASUME) a los fines de definir el término de ingreso no recurrente. Disponer que no podrán tomarse en cuenta estos ingresos al momento de calcular las pensiones alimentarias, aumentar el nivel de la reserva de ingresos. Disponer en las circunstancias en que no se impondrán honorarios de abogados y autorizar a los examinadores a considerar los asuntos de custodia o patria potestad y las relaciones paterno o materno filiales que no tengan controversia.
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Estado del proyecto*:
Aprobado por el cuerpo
* El equipo de la Unidad de Investigación y Datos de El Nuevo Día solicitó la información de este incumbente, sin embargo, a pesar de nuestros esfuerzos por más de dos meses, a través de correos electrónicos y llamadas, este no completó el pedido.
Estado financiero con fecha: 30/09/2012
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Cargo a la fecha del informe:
Candidato
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Cargo actual :
Representante
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Partido :
PPD
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CPA :
William A. Méndez Díaz
Inmuebles
Muebles
Deudas
Valores